viernes, 21 de noviembre de 2008

Cada vez falta menos para descansar

Alamnaque




ALICA ESTHER

cual es el clima de hoy?

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Cartel Movil

Los Beneficios de la Miel

La miel puede ser usada en cientos de mascarillas para ayudar a tu piel. Depende como la mezcles puede ayudar a restaurar, limpiar y alimentar tu cutis. Usada en medicinas y recetas de cocina la miel no necesita preservativos ni refrigeración y contiene aminoácidos y enzimas vitales para las células.Se han descubierto muchísimas otras virtud es de la miel. Es de gran valor energético, rica en sales minerales, hierro, fósforo, calcio y en vitaminas; por lo que ayuda al crecimiento y fortifica los huesos. Además, ayuda a la digestión de algunos alimentos y a combatir las enfermedades respiratorias.La historia cuenta que Popea, esposa del emperador romano Nerón, cuidaba su piel con cremas de miel y leche, que la dejaban con un rostro más terso y joven. También se cuenta que Ana de Inglaterra no dejaba su miel a la hora de lavarse su brillante cabellera, ya que conocía sus propiedades acondicionadoras e hidratantes.La miel es excelente ingrediente cosmético, sobre todo para el rostro y esencialmente en mascarillas. Mezcle una cucharadita de miel y un poco de yogurt. Esta mezcla se aplica en la cara por diez minutos y luego se retira con abundante agua tibia.Si la idea es limpiar la piel del rostro, mezcla avena con 2 cucharadas de miel y medio yogurt. Licua todo esto y aplícalo por 15 minutos. Y para nutrirla mezcla crema de leche, 1 zanahoria molida y 3 cucharadas de miel. Esta máscara sirve para aplicarse en cara y cuello por 15 minutos.Si tienes ojeras en la mañana, humedece un algodón en agua tibia con miel, y aplícalos en los ojos por diez minutos mientras descansas y disminuyen estas marcas de cansancio.
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jueves 30 de octubre de 2008

QUIENES SOMOS
Hoy día en forma conjunta la Sociedad Apicultora San Cayetano (SASC), con la participación de un gran número de apicultores, investigadores y técnicos, especialistas, pudimos crear un ámbito donde se presentaron experiencias y se debatieron los resultados de investigaciones, fue el primer encuentro de apicultores en la Ciudad de Corrientes Capital.Los cambios estructurales en la producción agropecuaria, sumados a los climáticos, han afectado la flora apícola, base de sustento y producción de nuestras abejas; planteándonos nuevos desafíos que fueron debatidos en el 2º encuentro con los siguientes objetivos :• Generar un ambiente de información y debate que nos permita enfrentar mejor la nueva problemática de la apicultura argentina, mejorar nuestra capacidad para obtener miel de alta calidad y analizar alternativas de diversificación. • Actualizarnos en la nutrición y alimentación de las abejas, así como en las técnicas que permitan un mejor control de enfermedades sin contaminar los productos de la colmena.• Difundir las innovaciones desarrolladas por los apicultores en beneficio de una mayor practicidad y productividad de la apicultura.• Informarnos sobre las tendencias de la producción agropecuaria y ganadera para poder analizar su incidencia en el contexto productivo de la apicultura.• Promocionar la polinización de cultivos agrícolas por medio de la abeja melífera como métodos sustentables tanto en el manejo de colmenas como de los ecosistemas agrícolas, resaltando la importancia de la abeja como agente esencial en el mantenimiento de la biodiversidad animal y vegetal.• Favorecer la integración regional a nivel público, gremial y científico tecnológico.
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miércoles 29 de octubre de 2008

RESPONSABLE
SOMOS UNS EMPRESA APICULTORA
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martes 28 de octubre de 2008

QUE HACEMOS
MIELPodría considerársele el alimento perfecto, porque, además de su delicioso sabor, la miel tiene propiedades no sólo nutricionales sino medicinalesLaboriosas como nadie, las abejas, además de excelentes arquitectos, podrían considerarse los mejores y más sabios alquimistas de la naturaleza. Al fin y al cabo, su invento, la miel, ha sido utilizado como alimento en todas las épocas y culturas de la humanidad, y desde siempre se han conocido sus cualidades nutritivas y medicinales.Los divinos y curiosos griegos encontraron en ella propiedades antisépticas, calmantes, tonificantes, diuréticas y laxantes. Incluso en la cultura egipcia formaba parte de los elementos rituales utilizados para la momificación, además de que se le incluía entre los alimentos que el difunto llevaba para no pasar hambre durante su viaje hasta el más allá.MultisustanciosaDebido a sus componentes, la miel está clasificada en el grupo de los alimentos hidrocarbonados, es decir, los que están formados por hidrógeno, carbono y oxígeno, elementos que proporcionan calorías al organismo, lo cual se traduce en energía.Pero la cosa no es tan sencilla como parece. En la composición de la miel participan más de 70 sustancias diferentes, de acuerdo a la variedad, que depende del tipo y la cantidad de flores libadas por las abejas, el tipo de colmena y las condiciones climáticas y regionales. Un 60 a 80 por ciento de la miel está compuesto por monosacáridos, azúcares simples que el organismo asimila directamente; 1,7% de sacarosa; 4,8% de dextrina; 0,2% de gomas naturales, las cuales, junto a la dextrina, impiden que la miel cristalice; 0,8% de materias nitrogenadas ­proteínas y aminoácidos, entre otras­; 2,8% de materias no azucaradas; 20% de agua ­si es mayor esta proporción, se acelera el proceso de deterioro de vitaminas y enzimas­, y 0,3% de ácidos orgánicos, entre otros, ácido cítrico, láctico, fórmico y fosfórico.No conforme con esto, la miel contiene minerales como el potasio (especialmente las oscuras, provenientes de bosques) y el fósforo, este último elemento importante para la metabolización de los hidratos de carbono; oligoelementos, como aluminio, cadmio, silicio, boro, titanio, plomo, níquel, cinc, litio, estaño, cromo y radio; pequeñas cantidades de vitaminas del grupo B, vitamina C y ácido pantoténico; enzimas tanto vegetales como animales (provenientes del polen de las flores y de las mismas abejas), que son las encargadas de facilitar que el organismo asimile fácilmente los azúcares sin causar problemas digestivos, e inhibinas, las cuales aportan su acción antibiótica y, actuando conjuntamente con los monosacáridos y la acetilcolina ­la cual, además, favorece la irrigación sanguínea­ aportan a la miel una acción curativa sobre heridas. Una de las razones por las que se debe evitar someter a la miel a altas temperaturas es que las inhibinas se destruyen por acción de la luz y el calor.Quizás las malas noticias son para las personas que cuidan su dieta contando calorías, porque 100 gramos de miel contienen 325 calorías; sin embargo, esto es especialmente recomendable para quienes requieren dosis adicionales de energía, como deportistas, personas que realizan actividades con altas exigencias físicas e intelectuales, niños y ancianos. Si bien la miel es asimilada perfectamente por la inmensa mayoría de las personas, pueden darse algunos casos en que se presente alguna reacción adversa, como por ejemplo aquellos que son alérgicos al polen y, por supuesto, los diabéticos.a inicio Fórmulas mágicasMás allá de su dulce sabor, del innegable placer de saborearla untada sobre un trozo de pan recién tostado o agregada como edulcorante en jugos y bebidas, por sus propiedades medicinales y cosméticas, la miel puede utilizarse de muy diversas formas.Sus propiedades cicatrizantes y humectantes la convierten en el ingrediente número uno de cremas y ungüentos para la piel. Diluida en leche tibia es una excelente loción que se aplica en el rostro y el cuerpo; mezclada con yema de huevo y unas gotas de aceite de almendras ­para cutis secos­ o jugo de limón ­para cutis grasos­ es una excelente mascarilla limpiadora y preventiva de las arrugas. Además, mezclada con una infusión de berros, sirve para atenuar las manchas en la piel, y combinada con glicerina y jugo de limón ayuda a aliviar irritaciones y quemaduras causadas por la insolación.La miel es la estrella protagónica de centenares de remedios caseros, recetados para aliviar y prevenir toda clase de males, desde artritis y fiebre hasta un excesivo deseo sexual.En caso de irritación en la garganta ­producida bien sea por gripe, inflamación o lesión­ o ulceraciones en la boca, se recomienda hacer gargarismos con una cucharada de miel diluida en medio vaso de agua tibia. Igualmente, en casos de tos, gracias a los monosacáridos, la miel tiene un efecto expectorante y antitusígeno.Por su parte, a las personas que sufren de úlcera gástrica
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lunes 27 de octubre de 2008

ESTATUTO
El estatuto de S.A.S.CPersonería Jurídica Resolución 1898 del 19/09/1961 Articulo 1º- La Asociación fundada el veintiocho de julio de mil novecientos treinta y ocho se denomina: SOCIEDAD APICULTORA SAN CAYETANO (S.A.S.C) y tiene su domicilio legal en la Ciudad de Corriente Capital de la República Argentina, siendo su objeto la divulgación de los conocimientos apícolas, fomentando la unión de todos los apicultores, fortaleciendo l vínculo de la sociedad para defender los intereses generales de la apicultura Argentina y en particular los suyos propios. Propender el adelanto y fomento de apicultura e industrias derivadas, prestigiando toda iniciativa oficial o privada que pueda beneficiarla en su adelanto, haciendo estudios técnicos y difundiendo sus conclusiones por medio de disertaciones, de publicaciones periódicas o en hojas volantes propiciando la creación de escuelas de apicultura en el país y similares. Articulo 2º- Los medios que la Asociación empleará para realizar los propósitos enumerados anteriormente, serán: a) Sostener un local que sirva de sede social en el que se instalará un salón de lectura y biblioteca, donde se darán conferencias relacionadas con la industria apícola. b) Podrá celebrar exposiciones de apicultura o adherirse a las que se celebren en el país y en el extranjero, con fines culturales o industriales, haciendo conocer el desenvolvimiento de la apicultura argentina. c) Prestigiará las exposiciones que se celebren en el país o en el extranjero, pudiendo donar premios . d) Procurará difundir las razas de abejas que mejor se aclimaten al país e) Publicará una revista de divulgación y enseñanza de la industria. F) Se dictará para sus asociados, clases teórico prácticas para la enseñanza de la apicultura, se darán conferencias sobre temas culturales apícolas y sus derivados, aprovechando las oportunidades que se presente, pudiendo hacer uso de las radio difusoras cuando cuándo lo creyere conveniente y oportuno.- Articulo 3º-Los recursos de la Asociación son los siguientes: a) Las cuotas de los socios y/o alumnos. b)El producto de las ventas de sus publicaciones. c) Las donaciones que se les hicieren. d) Las subvenciones que puedan obtenerse y todos los fondos que por cualquier concepto ingresen. e) Los bienes que posea y los que adquiera por cualquier título así como la renta que los mismos produzcan. Con relación a estos bienes la Asociación podrá realizar todos los actos jurídicos y administrativos que sean necesarios y además adquirir o enajenar a título gratuito u oneroso toda clase de bienes muebles e inmuebles y cualquier derecho real, pagando y percibiendo sus precios al contado o a plazos, celebrar contratos de permuta o usufructo tomar o dar bienes en arrendamiento, contratar préstamos en cuenta corriente en cualquier otra forma con garantía real o sin ella, de particulares o de bancos en general, del país o del extranjero, vender, hipotecar inmuebles, prendar muebles, comprar, cobrar y percibir, recibir y da bienes en pago, estar en juicio, transar, apelar y desistir de apelaciones, prorrogar jurisdicciones y alegar prescripciones o renunciarlas. Estas facultades son enumerativas y no limitativas, por lo cual podría realizar todas aquellas operaciones que fueren necesarias para su mejor desenvolvimiento. Articulo 4º-La Asociación podrá componerse de la siguiente categorías de socios Honorarios; Fundadores; Vitalicios; Activos y Protectores, de ambos sexos.- Articulo 5º .- Serán socios honorarios de la Asociación mientras duren sus funciones : el Presidente de la Nación, Ministro o Secretario de Agricultura, Secretario de Industria o Comercio e Intendente Municipal y todas aquellas personas que por sus méritos se hayan hecho acreedores a tal distinción a propuesta de la Comisión Directiva o del dos por ciento de los socios con derecho a voto . Los socios honorarios solo podrán gozar de los mismos derechos que los activos, cuando cumplan a la vez, con las obligaciones establecidas para ellos, quedando eximidas de pagar cuotas sociales .- Articulo 6º. - Socio Fundador: Se considerarán socios fundadores, aquellos que han auspiciado la fundación de la Asociación y cuya nómina se encuentra en el Acta de fundación del veinticinco de julio de mil novecientos treinta y ocho y tendrán iguales derechos y obligaciones que los socios activos.- Articulo 7º- Socios Vitalicios: a) Los socios activos podrán obtener la categoría de vitalicios, después de tener un mínimo de dos años como socio activo y que hayan abonado una sola vez el equivalente a ciento treinta y seis cuotas de socio activo. b) todo socio activo con veinticinco años ininterrumpidos de antigüedad en la Asociación, pasarán a ser socios Vitalicios y no pagarán cuota alguna gozando, de los mismos derechos y obligaciones de los socios activos . Pudiendo integrar la Comisión Directiva y demás cargos previstos por este Estatuto c) a los socios contemplados en los incisos a) y b) se les expedirá un diploma o medalla y carnet que los acredite como tales Articulo 8º- Socios Activos: Serán todas las personas físicas mayores de 18 años de edad sin distinción de sexo. Tendrán todos los derechos y obligaciones conferidos por el estatuto, gozarán del derecho de votar en las Asambleas, después de haber cumplido 6 meses de antigüedad, podrán ser elegidos para integrar la Comisión Directiva y los Organos previstos, para ello se requiere ser mayor de edad (22 años) y estar al día con Tesorería.- Articulo 9.-Socios Protectores: Serán todas aquellas personas o entidades que por su destacada actuación en apicultura , fomenten dentro de su esfera la industria apícola y coadyuven a los fines que persigue la Asociación . Serán designados en Asamblea Ordinaria y a propuesta de la Comisión Directiva Articulo 10: Ingreso: Para ingresar a la Asociación, deberá llenarse un formulario-solicitud, que entregará la Secretaría conteniendo el nombre y apellido completo del interesado: Documento de identidad y domicilio. Las solicitudes serán resueltas en forma inapelable por la Comisión Directiva. En caso de ser aceptado se contará la antigüedad a la fecha de su aceptación debiendo abonar la cuota desde ese mes y por adelantado.- Articulo 11.-Suspensión y exclusión de socios: Será suspendido por un tiempo prudencial el socio que en los locales sociales no se conduzca con decoro debido, como también aquel que de palabra, de hecho o por escrito ofendiese a cualquier asociado y el que iniciara discusiones de carácter político o religioso. El socio que reincidiera en estas faltas será expulsado. La Comisión Directiva queda facultada para suspender o expulsar a los asociados y establecer plazos según la gravedad de la falta cometida . Para tomar esta resolución suspención o expulsión; se requiere de dos tercios de los votos de los integrantes de la Comisión Directiva, debiendo citar y oír al socio previamente. El socio afectado podrá apelar por ante la primer Asamblea que se realice, debiendo interponer el recurso dentro de los diez días de notificado de la sanción por telegrama colacionado. Articulo 12: La Categoría de Socio se pierde por fallecimiento, renuncia por escrito; por dejar de satisfacer seis cuotas consecutivas o por pérdida de derechos civiles por causa judicial y por expulsión, el socio que adeudare seis cuotas consecutivas se le intimará su regularización por carta certificada fijándosele un plazo de treinta días vencido el cual se le declarará cesante Articulo 13.- Los socios se reunirán en la Asamblea General Ordinaria anualmente en la segunda quincena de agosto y para que ese acto sea válido se requiere de la asistencia de la mitad más uno de los socios. Si pasa una hora de la citación no concurriera el número requerido, se considerará en segunda convocatoria y podrá sesionar válidamente con cualquier número que se halle presente.- Articulo 14: La Asociación será regida y administrada por una Comisión Directiva compuesta de: Presidente, Vice- Presidente; Secretario; Pro Secretario; Tesorero; Pro Tesorero y diez Vocales titulares. Habrá además tres suplentes. Los miembros titulares serán elegidos por dos años y los suplentes por uno, debiendo renovarse por mitades anualmente. Los miembros que integran la Comisión Directiva deben ser socios activos, vitalicios o fundadores, pudiendo ser reelectos. La Comisión Directiva dictará sus propios reglamentos y todos aquellos que para la ejecución del Estatuto sean necesarios determinando las atribuciones de sus autoridades. Para que sean válidas las resoluciones de la Comisión Directiva, se requiere por lo menos la presencia de 9 de sus miembros. En la primer reunión que se celebre después de la Asamblea anual, tomarán posesión de sus puestos los nuevos socios electos.- Articulo 15: Las resoluciones de la Comisión Directiva se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes . Fuera de lo establecido por este Estatuto y en los casos de dudosa aplicación . La Comisión Directiva resolver con el acuerdo de los dos tercios de los presentes y ad referéndum de la primer Asamblea Articulo 16: Todos los cargos sociales son ad honoren a excepción de los empleados que de hecho no podrán ser socios .- Articulo 17: La duración de la Asociación será por tiempo indeterminado . No podrá ser disuelta mientras diez socios se opongan, comprometiéndose ante la Asamblea a perseverar en el cumplimiento de los objetivos sociales : En caso de disolución sus bienes sociales pasarán en propiedad a la Dirección de Granja de la Nación y/o a la Dirección de Enseñanza del mismo para ser destinados a fines de enseñanza u obras sociales . Articulo 18: De los socios: Los socios activos con antigüedad de seis meses y que se encuentran al día con la tesorería pueden tomar parte de la Asamblea con voz y voto: Podrán hacer uso de las dependencias sociales, tomar parte de las exposiciones organizadas o patrocinadas por la asociación, dar conferencias , recibir sus publicaciones , presentar proyectos a la Comisión Directiva por escrito. Todo socio puede asistir a las reuniones que efectúe la Comisión Directiva , siempre que no sea secreta , puede someter a su aprobación ideas y proyectos que sean de beneficio para la industria apícola . Para esto último se requiere presentar con anticipación en secretaría y por escrito los proyectos pudiendo fundamentarlos de viva voz, pero sin voto en la reunión en que sea tratado por la Comisión Directiva . Articulo 19: Los mismos derechos y obligaciones de los socios activos tienen los socios vitalicios.- Articulo 20: Los socios Honorarios o Protectores solo podrán gozar de los mismos derechos que los activos cuando cumplan, a la vez con las obligaciones establecidas para ellos . No podrán ser electos para formar parte de la Comisión Directiva , tienen voz pero no voto en las deliberaciones de la Asambleas.- Articulo 21º.- El local social y todas sus dependencias así como las exposiciones, reuniones y fiestas que celebre la Asociación , se hallan a disposición de todos los socios, siempre que se encuentren habilitados. Todos los socios que se encuentren al día con Tesorería recibirán gratuitamente la revista que publique la Asociación.- Articulo 22 .- Los Asociados tienen la obligación de comunicar a secretaría todo cambio de domicilio .- Articulo 23º.- Podrán reingresar a la Asociación, aquellos socios que hayan renunciado y los que por atraso de pago de sus cuotas fueron declarados cesantes y para estos últimos se requiere el acuerdo especial de la Comisión Directiva , pero en amos casos se le reincorporará como socios nuevos habiendo perdido su antigüedad anterior. Articulo 24 – En ningún caso podrá reingresar el socio que haya sido expulsado, salvo resolución expresa de una Asamblea. Articulo 25 – De la Comisión Directiva: Sus deberes y atribuciones son: Cumplir y Hacer cumplir el Estatuto y Reglamentar sus disposiciones – a) Administrar la Asociación tomando todas las decisiones que considere convenientes para la buena marcha de ella, designar comisiones y subcomisiones de su seno y de socios. Si el caso lo requiere podría recurrir al asesoramiento de extraños a ella para el mejor estudio de los asuntos que debe resolver .b) Aceptar o rechazar la renuncia de sus miembros. c) Declarar cesante en su cargo al miembro que no concurra a cuatro reuniones consecutivas o cinco alternadas sin previo aviso. d) Cuando por cualquier motivo la Comisión Directiva quedare reducida a menos de la mitad mas uno de sus miembros , habiendo sido incorporados ya los suplentes, se convocará a Asamblea Extraordinaria dentro del plazo de treinta días a los efectos de su integración . e) Admitir, suspender y expulsar socios. F) Nombrar empleados a sueldo cuando lo creyere oportuno y suspenderlo cuando fuere necesario. G) Autorizar los gastos que se originen en la Asociación. h) Convocar a Asamblea y ejecutar sus decisiones; nombrar las comisiones que fueran necesarias para atender y cumplir los propósitos de los mismos. I) Nombrar los Directores de sus Publicaciones. j) Designar autoridades de su escuela teórico práctica de apicultura y estos a sus profesores y colaboradores. k) Dar y tomar dinero prestado, solicitar préstamos de bancos oficiales o privados de acuerdo con sus respectivas Cartas Orgánicas y Reglamentos, sometiéndolo a aprobación de la Asamblea. l) Adquirir , enajenar, contratar y gravar los bienes raíces que las exigencias de la Asociación demande. Los puntos indicados en este inciso deben ser resueltos por el voto de dos tercios por lo menos de sus miembros, sometiéndolo a la aprobación de la Asamblea; m) Aceptar donaciones o legados que beneficien a la Asociación o a sus asociados; n) Presentar a la Asamblea la Memoria Anual; Balance General. Inventario y Cuenta de Gastos y Recursos del ejercicio de cuya fecha de cláusula será el 30 de junio de cada año. ñ) Dictará los reglamentos que sean necesarios, que cuando no fueren de simple organización de las oficinas, no podrán entrar en vigencia sin la aprobación previa de la Inspección General de Justicia. o) Los fondos sociales serán depositados en el Banco de la Nación Argentina a nombre de la Asociación a la orden conjunta del Presidente, Secretario y Tesorero y podría ser girados con la firma de dos de ellos indistintamente .- Articulo 26 – La Comisión Directiva se reunirá por lo menos una vez por mes y en los meses de enero a marzo está facultada para prorrogar la fecha de reunión o entrar en receso durante ese período apícola . Además de las reuniones ordinarias podrá reunirse también extraordinariamente cuando lo disponga el Presidente, lo solicite la Comisión Revisora de Cuentas o a pedido de ocho de sus miembros, en cuyo caso la reunión deberá celebrarse dentro del plazo de quince días y será convocada por secretaría con cinco días de anticipación .- Articulo 27- Cuando a las reuniones de Comisión Directiva no concurriera el Presidente, ni el Vicepresidente, y hubiera número exigido por los Estatutos para formar quórum, se designará un miembro de los presentes para presidir la sesión. Articulo 28- Del Presidente : El presidente debe ser argentino o naturalizado, tener tres años consecutivos como socio de la Asociación. Es el representante legal de la Asociación en todos sus actos. Sus deberes y atribuciones son: a)Convocar y Presidir las sesiones de Comisión Directiva y de las Asambleas dirigiendo sus debates . b)Firmar conjuntamente con el secretario los libros y todos los documentos que emanen de la Asociación como así las actas de las reuniones que presida . c) Autoriza con su firma cualquier pago, gasto,vale o recibo que pertenezca a la Asociación y que hallándose resuelto por la Comisión Directiva corresponda a gastos ordinarios de la misma . d) Firma conjuntamente con el Secretario todas las escrituras públicas de operaciones que hayan tenido sanción de la Asamblea . También firma conjuntamente con el Secretario y Tesorero las obligaciones que se refieren los incisos k) y I) del artículo veinticinco. e) Poner su visto bueno en los Balances tratados en la Comisión Directiva que se presenten a la aprobación de la Asamblea previo dictamen de la Comisión Revisora de Cuentas . f) Hacer cumplir las disposiciones de este estatuto y reglamentos internos y resoluciones de las Asambleas y de la Comisión Directiva. g) Resolver por sí, en los casos de urgencia, cualquier dificultad que se produjera dando cuenta a la Comisión Directiva en su primer reunión . h) Definir las votaciones en caso de empate en Comisión Directiva con su voto personal, como excepcional y tendrá voto únicamente en las Asambleas cuando se trate de elegir miembros para integrar la Comisión Directiva únicamente. i) Firmar los cheques para extracciones de fondos conjuntamente con el Tesorero o Secretario .- Articulo 29 - Del Vicepresidente: El Vicepresidente debe ser argentino o naturalizado, tener tres años consecutivos como socio de la Asociación, reemplaza en todos los casos al Presidente en que éste faltare ya sea transitoria o definitivamente con las mismas atribuciones y obligaciones .- Articulo 30 - Del Secretario: son deberes y atribuciones del Secretario: a) Convocar a Comisión Directiva y a las Asambleas. b) Labrar las actas de las sesiones y firmarlas conjuntamente con el Presidente c) Redactar las notas, correspondencia, comunicaciones y demás documentos que emanen de la asociación, firmando las invitaciones y refrendando en aquellas la firma del presidente d) Conservar y archivar copias de ellas. e) Firmar los cheques de extracción de fondos conjuntamente con el presidente y/o Tesorero. f) llevar los libros de Actas de las Asambleas y Comisión Directiva, el Registro de socios conjuntamente con el Tesorero, el inventario y todo aquello que sea necesario para facilitar el orden y conservar constancia de sus actos Articulo 31 - Del Prosecretario: Reemplaza al Secretario en todos los casos que este faltare ya sea transitorios o definitivos con las mismas atribuciones y deberes .- Articulo32º- Del Tesorero: Son deberes y atribuciones del tesorero: a)Percibir y hacer cobrar todas las cuotas y sumas que por cualquier concepto correspondan a la Asociación y dee las que será personalmente responsable. b) Depositar en Bancos, en cuenta corriente o caja de ahorros y a nombre de la Asociación y a la orden del Presidente, Tesorero y Secretario, todos los fondos existentes en su poder, salvo la cantidad necesaria para pagos y gastos menores y cuya suma determinará la Comisión Directiva. c)Presentar mensulamente a la Comisión Directiva un Balance de Caja. d)Anualmente confecciónar el Balance General Inventario y cueenta de gastos y recursos para ser presentados a la Asamblea previa aprobación por la Comisión Directiva. e) LLevar los libros de contabilidad necesarios y el Registro de Socios conjuntamente con el Secretario. Ocupándose de todo lo relacionado con el cobro de cuotas sociales . f) No podrá verificar pago alguno que no se halle autorizado por la Comisión Directiva, salvo los gastos mensuales y menores que deben llevar el visto bueno del Presidente. g) Firmar los cheques para la extracción de fondos conjuntamente con el Presidente y/o Secretario .- Articulo 33 - Del Pro tesorero: El Pro Tesorero reemplaza al Tesorero en todos los casos en que éste faltare ya sea transitoria o definitivamente, con iguales atribuciones y deberes Articulo 34 -Las Asambleas de la Asociación serán: Ordinarias y Extraordinarias. La Asamblea General Ordinaria tendrá lugar en el mes de Agosto de cada año para tomar conocimiento de los trabajos realizados durante el año, aprobar, modificar o rechazar la Memoria y Balance que le presenta la Comisión Directiva y elegir los representantes de los miembros salientes de esta. En esta Asamblea cada socio votará solo por el número de miembros salientes que haya que remplazar . Los miembros suplentes durarán solo un año en el ejercicio de sus funciones y los que hayan entrado a formar parte de la Comisión Directiva completarán el periodo de los miembros que hayan reemplazado sin excederse de su propio mandato. Articulo 35-Asambleas Extraordinarias: Asambleas Extraordinarias serán cuando la Comisión Directiva la convoque por asuntos importantes o a petición del veinte por ciento de los socios con derecho a voto, manifestando claramente el objeto para que se solicita, la que se convocará dentro de los treinta días . Articulo 36º -La Asamblea elegirá por voto directo al Presidente . Articulo 37º- No concurriendo a la primera citación el número requerido, o sea la mitad más uno de los socios para formar quórum y pasada una hora de ello, sesionará con el número que se halle presente. Articulo 38º - Tanto en las Asambleas Ordinarias como en las Extraordinarias, no se puede tratar ningún asunto que no se halle incluido en el Orden del Día, para lo cual los proyectos serán presentados con treinta días de anticipación a la Comisión Directiva con la firma de tres socios para que lo incluyan en el mismo. Articulo 39º- Todo socio que desee hacer uso de la palabra, la solicitará al presidente quien la concederá por derecho de prioridad; las nociones también serán puestas a votación en el orden que hayan sido presentadas . Articulo 40º - Las resoluciones de las Asambleas serán tomadas por mayoría de votos de socios presentes, salvo cuando se traten asuntos incluidos en los incisos k) y l) del artículo veinticinco que lo serán por los dos tercios de los socios presentes.-
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domingo 26 de octubre de 2008

NUESTRO PRODUCTO
CONTIENE PROPIEDADES EMOLIENTES, NUTRITIVAS, ANTISÉPTICAS E HIDRATANTESLa miel es una sustancia básica de la belleza, desde la antiguedad se ha utilizado porque se sabe que es un tónico indispensable y beneficioso para la piel.Se dice que Cleopatra, la mítica reina egipcia, aplicaba sobre su rostro todos los días una capa de miel, lo que le otorgaba una piel resplandeciente y suave.Existen indicios que apuntan que este regalo de las abejas al hombre ya se usaba desde hace 9 mil años por los griegos, egipcios, romanos y árabes como tónico de belleza, pues no requería (ni requiere) de añadirle ninguna sustancia para su adecuada conservación; en cambio, contiene aminoácidos y enzimas vitales para la regeneración celular. Tiempo después, los reyes de Francia, en la corte de Versalles, desayunaban con ella a diario y sus damas la utilizaban también como una cura de belleza.Y es que por sus extraordinarias propiedades emolientes, nutritivas, antisépticas e hidratantes, la miel se usa desde la antigüedad como una de las sustancias básicas de la belleza.En la actualidad, existen numerosos productos y mascarillas para la cara y el cuerpo que la contienen, por sus efectos hidratantes y relajantes.
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sábado 25 de octubre de 2008